En el día de la fecha se publicó la Resolución 4189-E que indica las siguientes modificaciones relacionadas con el impuesto a las ganancias:
- Se extiende al 31 de marzo de cada año el plazo para que los trabajadores presenten el F572 web SIRADIG correspondiente al período fiscal anterior.
- Se extiende al último día del mes de abril de cada año el plazo para que los empleadores efectúen la liquidación anual del impuesto a las ganancias, por lo que durante el mes de mayo, como máximo, deberán retener o reintegrar las diferencias que pudieran haberse producido.
- Se incrementa a $1.000.000 el importe de la renta bruta anual a partir de la cual resulta obligatorio para los empleados en relación de dependencia presentar sus declaraciones juradas patrimoniales ante la AFIP.
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